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¿Individual o conjunta? Así debes presentar tu declaración en función de tus circunstancias
Una de las dudas más comunes de un matrimonio al hacer la declaración de la renta es qué modalidad elegir: individual o conjunta. La respuesta dependerá de los ingresos de la pareja y de su distribución, pero también de las deducciones a las que tengan derecho.
¿Puedo hacer la declaración conjunta? Antes de valorar qué opción es mejor hay que tener claro cuándo se puede hacer declaración conjunta, pues no todo el mundo puede acogerse a esta modalidad de IRPF. En concreto, para poder tributar de forma conjunta deben darse una de estas dos situaciones:
Estar casado con vínculo matrimonial En este caso da igual si hay o no hijos. Si estás legalmente casado, podrás hacer la declaración de la renta de forma conjunta. Además, podrás incluir a tus hijos dentro de la unidad familiar. Las parejas de hecho no podrán optar por la tributación conjunta de ambos miembros. Sin vínculo matrimonial o en caso de separación legal También pueden acceder a esta modalidad quienes tengan hijos a cargo. Así, en caso de separación, uno de los padres podrá formar unidad familiar y tributar con los hijos. Lo mismo puede aplicarse a las parejas de hecho, en las que solo uno de los progenitores podrá hacer la declaración conjunta con los hijos. El otro tendrá que optar por la declaración individual. En el caso de los hijos, sólo podrás hacer la declaración conjunta con los menores de 18 años. No obstante, podrás beneficiarte del mínimo por descendiente hasta los 25 años siempre que tengan rentas inferiores a 8000 €.
Cuándo es mejor presentar la declaración de la renta individual En la mayoría de los casos, conviene presentar la declaración de manera individual. Estos son los más habituales:
Cuando las dos partes trabajan y ganan más del mínimo A todas las personas se le aplica el mínimo personal básico, de manera que los primeros 5550 € no tributan. La declaración conjunta aumenta este mínimo personal en 3400 € para unidades familiares formadas por ambos cónyuges y sus hijos (si los hubiera): 8950 € en total. En unidades monoparentales formadas por el padre o la madre y los hijos, la reducción adicional es de 2150 € (7700 € en total).

Si optas por realizar la declaración individual, cada uno de vosotros podréis aplicar los citados 5550 €, por lo que al sumar ambos mínimos alcanzarás los 11.050 €. Es decir, dejarás de pagar impuestos de 2150 € sólo por tributar cada uno por su cuenta.

Como norma general, cuando ambos cónyuges trabajen será mejor optar por la declaración individual.
Cuando estás pagando una hipoteca La deducción por compra de vivienda permite deducir un 15 % sobre un máximo de 9040 €, siempre y cuando la hipoteca esté suscrita antes del 1 de enero de 2013. En total, puedes ahorrarte hasta 1356 €.

En este caso, si pagáis más de 9040 € de hipoteca el año, seguramente sea mejor optar por la declaración individual. El truco reside en que este límite es por declaración, por lo que si optas por presentarla de forma individual, este límite se aplicará a ambos cónyuges, y cada uno podrá deducirse un 15 % del 50 % que paga de la hipoteca, con el límite de 18.080 € en conjunto. De esta manera, podríais ahorraros hasta 2712 € en la renta entre ambos.
Cuando vives de alquiler Solo tienen derecho a deducción por alquiler los contratos de alquiler firmados antes de 2015. No obstante, algunas comunidades autónomas cuentan con deducciones adicionales en la parte autonómica del IRPF.

El funcionamiento del alquiler es igual que el de la compra de la vivienda. Tributando de forma individual, cada uno podréis deducir el máximo, que es de un 10 % sobre 9040 € para bases inferiores a 17.797,2 €. Este porcentaje va disminuyendo hasta llegar a cero para quienes ganan más de 24.107,2 €.

En el caso de las deducciones autonómicas, sí que existen diferentes límites para tributación individual y conjunta, por lo que conviene hacer números.

A modo de ejemplo, en la Comunidad de Madrid existe una deducción para menores de 35 años por un 20 % del dinero del alquiler hasta un máximo de 840 € en tributación individual y conjunta. Para poder acceder a esta desgravación es necesario que la base imponible del contribuyente sea inferior a 25.620 € en tributación individual o 36.200 € en conjunta. Una pareja en la que uno supere el primer límite pero de forma conjunta no lleguen al segundo podría optar por hacer el IRPF de forma conjunta para ahorrar.
Cuándo es mejor presentar la declaración de la renta conjunta La reducción adicional de 3400 € es un caramelo muy goloso que te permitirá ahorrar más en el IRPF. Estas son algunas circunstancias en las que te convendrá hacer la declaración conjunta.
Cuando solo uno de los cónyuges trabaja La clave para saber si compensa hacer la declaración conjunta en función de los ingresos son los 3400 € de reducción adicional. Si solo uno de los cónyuges trabaja, será más rentable la declaración conjunta, pues el otro no estaría «aprovechando» su mínimo personal. Cuando ambos invertís por vuestra cuenta Una de las ventajas adicionales de la declaración conjunta es que permite compensar pérdidas y ganancias patrimoniales de forma conjunta. Es decir, Hacienda no individualizará las pérdidas por inversiones de cada cónyuge, sino que tendrá en cuenta el total.

Si tú has ganado dinero con tus acciones o fondos pero tu pareja ha perdido, podrás restar esas pérdidas a tus ganancias y tributar solo por la diferencia. Esto te permitirá ahorrar entre un 19% y un 23% de los beneficios, que es lo que pagarías por tus inversiones en la renta.

Como norma general, cuando hay pérdidas patrimoniales es mejor declarar en pareja.
Cómo planificar la elección ¿Existe alguna fórmula de saber qué modalidad es mejor para ti, individual o conjunta? Sí, la respuesta la tienen los simuladores de la renta que cada año publica Hacienda. A través del programa Renta Web podrás hacer las pruebas que quieras para saber qué opción es mejor para ti y para tu familia. Basta con pedir tus datos fiscales y el número de referencia de tu declaración y podrás hacer todas las pruebas que quieras.

Todas las parejas deberían hacer números, pero las parejas de hecho con niños todavía más. En este tipo de parejas, solo uno de los miembros podrá hacer la declaración conjunta con los niños, teniendo el otro que declarar de forma individual. A la hora de elegir quién incluye a los hijos, casi siempre será mejor que lo haga quien más gane, ya que tendrá un mayor ahorro fiscal en la renta.
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