Diferencia entre titular y autorizado de una cuenta bancaria Cuando se abre una cuenta bancaria, existen diferentes posibilidades a la hora de establecer quién es el dueño de esa cuenta y quién puede operar con ella. Se puede hacer de manera individual, conjunta con otra persona o autorizar a terceros para que operen con ella.

Las obligaciones son distintas en cada situación, por lo que conviene saber qué implicaciones tiene ser titular o autorizado en una cuenta bancaria.
¿Qué implica ser titular de una cuenta bancaria? El titular de la cuenta bancaria es el dueño de los fondos que hay en la misma, pero también el deudor en el caso de un préstamo o un descubierto.

Por eso, cuando la cuenta es compartida por varios titulares, hay que establecer en el contrato cómo funciona la titularidad. Hay tres formas posibles:
Titularidad indistinta o solidaria. Cualquier titular puede disponer del dinero o realizar operaciones sin autorización de los demás. Es habitual en las cuentas familiares de parejas o padres e hijos. Titularidad conjunta o mancomunada. Es necesaria la firma de todos los titulares para retirar dinero de la cuenta o realizar operaciones bancarias. Es la modalidad que se utiliza en las cuentas de empresas. Titularidad subordinada. La titularidad de la cuenta está repartida de forma escalonada entre los titulares, de manera que el titular con mayor rango puede realizar todas las operaciones y el resto necesitan su autorización para cualquier gestión. En ING, la titularidad de las cuentas siempre es indistinta o solidaria.

A efectos fiscales, cuando hay varios titulares en una cuenta, Hacienda atribuye los fondos y las deudas a partes iguales entre los titulares. En el caso de que alguno de los titulares aporte más dinero a la cuenta, es necesario indicarlo para que así se recoja en la declaración de la renta.
¿Qué es un autorizado en una cuenta bancaria? Un autorizado es la persona que figura en la cuenta, pero no es propietaria del dinero. El titular nombra a los autorizados para que operen en su nombre, pero tienen limitaciones para realizar algunas operaciones.

Para nombrar a un autorizado, hay que presentar un documento firmado por el titular y el autorizado y una copia del DNI de la persona autorizada. Esta gestión se puede hacer en la oficina bancaria o a través de la web o las aplicaciones de los bancos. El titular de la cuenta puede revocar en cualquier momento la autorización.
Qué puede hacer un autorizado en una cuenta bancaria Un autorizado puede hacer lo que esté establecido en el escrito de autorización. Si la autorización es de carácter general, el autorizado puede disponer de la cuenta igual que el titular: puede acceder al saldo de la cuenta y hacer reintegros, firmar cheques, realizar transferencias o solicitar información sin necesidad de tener el consentimiento del titular. También puede disponer de una tarjeta bancaria si se la solicita el titular.

Sin embargo, no puede solicitar por su cuenta una tarjeta bancaria, ni cancelar, bloquear o modificar las condiciones de la cuenta. Tampoco puede disponer del dinero después del fallecimiento del titular
Diferencias entre titular y autorizado en una cuenta bancaria La principal diferencia entre el titular y el autorizado es que el titular es el propietario de los fondos y tiene el control sobre los mismos, mientras que el autorizado no es propietario del capital.

Eso implica que el titular responde ante las deudas y las obligaciones fiscales, y puede sufrir el embargo de la cuenta, mientras que el autorizado no responde de las deudas generadas en la cuenta, ni sus impagos pueden causar el embargo de la cuenta. Además, por lo que respecta a esa cuenta, los autorizados no tienen ninguna obligación fiscal.

Finalmente, el titular puede realizar todas las operaciones relacionadas con la cuenta, como cerrarla o cambiar el autorizado, pero el autorizado tiene limitadas las operaciones.
¿Cuántos titulares y autorizados puede tener una cuenta? Normalmente, los bancos limitan el número de titulares y autorizados de la cuenta para facilitar la operativa. En ING, el número máximo de intervinientes de una cuenta es 2. Es decir, puede haber dos titulares o un titular y un autorizado.

Dependiendo del banco, los titulares pueden añadirse al abrir la cuenta o una vez abierta, y normalmente existe un plazo máximo para hacerlo. En ING, por ejemplo, el plazo máximo para añadir otro titular es el 31 de enero del año siguiente al año de apertura de la cuenta.

Los autorizados pueden quitarse y añadirse sin más límite que el número máximo permitido.
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